Julio Cesar Cuaxiloa Rodriguez el BLOG unad
MI BLOG PARA LA UNAD
jueves, 23 de junio de 2016
miércoles, 22 de junio de 2016
domingo, 12 de junio de 2016
viernes, 10 de junio de 2016
MAPA CONCEPTUAL
¿Qué es la justicia y cuál es su diferencia con la equidad?
Justicia.- Es el conjunto de normas que se aplican para hacer prevalecer el bien común.
Equidad.- Es la impartición de la justicia de una manera equilibrada para todos los que pertenecen a una sociedad.
La justicia es un derecho inherente a la impartición de las leyes y la equidad es un derecho primordial para la impartición de justicia
¿Hay alguna ley que no tenga en cuenta los valores universales de equidad y de justicia?
Muchas de las leyes están legisladas para conservar la equidad de los miembros de la sociedad, pero es hasta que se aplican cuando se determina si es justa.
¿La equidad de género es un precepto que pertenece al derecho positivo o al natural?
Es un precepto que pertenece al derecho natural, sin embargo debe estar presente en el derecho positivo para una buena ejecución de las normas.
¿Qué es la justicia y cuál es su diferencia con la equidad?
Justicia.- Es el conjunto de normas que se aplican para hacer prevalecer el bien común.
Equidad.- Es la impartición de la justicia de una manera equilibrada para todos los que pertenecen a una sociedad.
La justicia es un derecho inherente a la impartición de las leyes y la equidad es un derecho primordial para la impartición de justicia
¿Hay alguna ley que no tenga en cuenta los valores universales de equidad y de justicia?
Muchas de las leyes están legisladas para conservar la equidad de los miembros de la sociedad, pero es hasta que se aplican cuando se determina si es justa.
¿La equidad de género es un precepto que pertenece al derecho positivo o al natural?
Es un precepto que pertenece al derecho natural, sin embargo debe estar presente en el derecho positivo para una buena ejecución de las normas.
martes, 7 de junio de 2016
viernes, 3 de junio de 2016
PRINCIPIOS DEONTOLÓGICOS.
La deontología es el estudio del deber ser, su aportación al derecho crea principios que propician una conducta en el abogado que beneficia a su desarrollo personal y profesional que garantiza que su actuar sea el correcto al desempeñarse profesionalmente. Estos principios son:
INTEGRIDAD PROFESIONAL: se refiere a la correcta forma de actuar de un abogado con respecto a su cliente.
SECRETO PROFESIONAL: se refiere a no revelar la información que un abogado recibe de su cliente mientras presta sus servicios, esto no implica en ningún caso al abogado como cómplice o coparticipe. Pero si puede vulnerar este principio en caso de que su cliente le confiera que va a realizar un acto ilícito en lo posterior, en tal caso si podría dar aviso a las autoridades correspondientes pero sin delatar a su cliente.
INDEPENDENCIA Y LIBERTAD PROFESIONAL: en cuanto a la libertad profesional ser refiere, a que el abogado puede decidir si quiere o no tomar algún trabajo y/o también para quien trabajar, en cuanto a la independencia se trata a que el abogado no debe ni puede ser en ningún momento presionado u obligado a actuar de manera deshonesta hacia su cliente y sus principios.
DILIGENCIA: este se refiere a que el actuar del abogado tiene que ser de un manera total a su cliente, sin descuidar los detalles de su encomienda a actuar siempre con esmero.
DESINTERES: este principio nos hace referencia a que no debe haber otro interés en un abogado más que el bienestar de su cliente y conservando el ideal de altruismo.
LEALTAD PROFESIONAL: en este principio se hace referencia a que por ningún motivo un abogado debe dejar en desamparo a su cliente a pesar de que este tenga un mal actuar hacia su abogado.
ESQUEMA VISUAL.
CONCLUSION.
La deontología jurídica crea el camino ético por el cual un abogado debe guiarse en su actuar profesional, garantizando el bienestar de sus clientes y nunca perjudicándolos.
REFERENCIAS.
Juridicas.unam.mx. (2016). Revista de Derecho Notarial Mexicano. [online] Available at: http://www.juridicas.unam.mx/publica/rev/indice.htm?r=dernotmx&n=106 [Accessed 3 Jun. 2016].
Jurídica, D., Jurídica, D. and perfil, V. (2011). Deontología Jurídica: ÉTICA PROFESIONAL DEL ABOGADO. [online] Eticaprofesionaluvm.blogspot.mx. Available at: http://eticaprofesionaluvm.blogspot.mx/2011/02/etica-profesional-del-abogado_20.html [Accessed 3 Jun. 2016].
La deontología es el estudio del deber ser, su aportación al derecho crea principios que propician una conducta en el abogado que beneficia a su desarrollo personal y profesional que garantiza que su actuar sea el correcto al desempeñarse profesionalmente. Estos principios son:
INTEGRIDAD PROFESIONAL: se refiere a la correcta forma de actuar de un abogado con respecto a su cliente.
SECRETO PROFESIONAL: se refiere a no revelar la información que un abogado recibe de su cliente mientras presta sus servicios, esto no implica en ningún caso al abogado como cómplice o coparticipe. Pero si puede vulnerar este principio en caso de que su cliente le confiera que va a realizar un acto ilícito en lo posterior, en tal caso si podría dar aviso a las autoridades correspondientes pero sin delatar a su cliente.
INDEPENDENCIA Y LIBERTAD PROFESIONAL: en cuanto a la libertad profesional ser refiere, a que el abogado puede decidir si quiere o no tomar algún trabajo y/o también para quien trabajar, en cuanto a la independencia se trata a que el abogado no debe ni puede ser en ningún momento presionado u obligado a actuar de manera deshonesta hacia su cliente y sus principios.
DILIGENCIA: este se refiere a que el actuar del abogado tiene que ser de un manera total a su cliente, sin descuidar los detalles de su encomienda a actuar siempre con esmero.
DESINTERES: este principio nos hace referencia a que no debe haber otro interés en un abogado más que el bienestar de su cliente y conservando el ideal de altruismo.
LEALTAD PROFESIONAL: en este principio se hace referencia a que por ningún motivo un abogado debe dejar en desamparo a su cliente a pesar de que este tenga un mal actuar hacia su abogado.
ESQUEMA VISUAL.
CONCLUSION.
La deontología jurídica crea el camino ético por el cual un abogado debe guiarse en su actuar profesional, garantizando el bienestar de sus clientes y nunca perjudicándolos.
REFERENCIAS.
Juridicas.unam.mx. (2016). Revista de Derecho Notarial Mexicano. [online] Available at: http://www.juridicas.unam.mx/publica/rev/indice.htm?r=dernotmx&n=106 [Accessed 3 Jun. 2016].
Jurídica, D., Jurídica, D. and perfil, V. (2011). Deontología Jurídica: ÉTICA PROFESIONAL DEL ABOGADO. [online] Eticaprofesionaluvm.blogspot.mx. Available at: http://eticaprofesionaluvm.blogspot.mx/2011/02/etica-profesional-del-abogado_20.html [Accessed 3 Jun. 2016].
lunes, 30 de mayo de 2016
Suscribirse a:
Entradas (Atom)